miércoles 7 de mayo de 2008

falta de igualdad en el uso del recurso hídrico entre regantes y empresas eléctricas de la cuenca del Laja

El senador Juan Pablo Letelier, presidente de la Comisión de Obras Públicas afirmó que pedirá mayor información legal sobre los alcances del Código de Aguas, porque “las eléctricas aducen que no están obligados a ser parte de las juntas de vigilancia, lo que significa implícitamente que tendrían una situación de privilegio”.

Fuente: Senado Chileno

La necesidad de hacer una reflexión más profunda frente a la escasez y el uso intensivo del recurso hídrico destacó el senador Juan Pablo Letelier, presidente de la Comisión de Obras Públicas, quien anunció que la instancia solicitará información legal sobre los alcances del Código de Aguas y los mecanismos que garanticen la igualdad en la administración del recurso hídrico entre regantes y empresas eléctricas de la cuenca del Río Laja.

El senador Letelier aseguró que “más allá del conflicto que deberán dirimir los tribunales de justicia, lo que ocurra en dicha cuenca puede ser un precedente en lo relativo a la igualdad de los actores en el uso de este recurso”. Recordó que el Código de Aguas de 2005 estableció una forma de organización de los usuarios de las cuencas, a través de las juntas de vigilancia donde todos deben estar en dicha organización”.

Sin embargo, sostuvo que “en la cuenca del Río Laja se trató de establecer esta junta pero hubo oposición de la empresa eléctrica Endesa que ha planteado que ellos no están obligados a ser parte de junta de vigilancia e incluso sostienen que el Código de Aguas se les aplica hasta el momento de adquirir los derechos de aguas pero luego pasan a ser actores de la ley eléctrica”.

El parlamentario indicó que “en la práctica lo que están planteando implícitamente es que ellos tienen una situación de priviligio en relación al uso del recurso hídrico y por lo tanto, no quieren estar estar sometidos a una administración conjunta”.

Sin embargo, el senador Letelier aclaró que “las empresas eléctricas en esta cuenca al igual que en otras, tienen como objetivo maximizar sus utilidades. Esto significa que ellos deciden en qué forma y cuándo vacían el recurso en función de sus negocios, y el resto de los usuarios reciben golpes de agua, lo que no permite un uso eficiente a los otros actores de la cuenca”.

En ese sentido, el legislador anticipó que la Comisión pidió un estudio sobre la constitucionalidad del Convenio suscrito entre Endesa y la Dirección de Obras Públicas el año 1958, ya que “ahí se dice que el Lago Laja es una obra pública y queremos ver además, qué repercusiones tiene este debate en otras cuencas porque si debe haber un privilegio en el Código de Aguas evidentemente no serían las empresas eléctricas sino las sanitarias”.